Empresarios tienen tres días hábiles para presentar planillas de pago del Aguinaldo de Navidad

Los empresarios tienen tres días hábiles para presentar ante el Ministerio de Trabajo sus planillas de pago del Aguinaldo de Navidad. El 31 de diciembre del año en curso vence el plazo y el 4 de enero de 2021 se podrá conocer cuántas empresas incumplieron con esta obligación.
Verónica Navia, ministra de Trabajo, afirmó que por el momento no se tiene un dato oficial sobre cuántas empresas incumplieron con el pago del aguinaldo “porque las denuncias proceden día a día y se debe esperar todavía los elementos de prueba de la parte empleadora hasta el 31 de diciembre”.
La autoridad también explicó que ante el incumplimiento de pago de los aguinaldos o la no presentación de planillas, esta cartera de Estado, en atribución de sus competencias, podrá actuar de oficio a sola denuncia y sin requerimiento fiscal.
“A solo denuncia, el Ministerio de Trabajo actúa de oficio e impulsa su actividad fiscalizadora a través de los inspectores de trabajo, es decir, pueden hacer inspecciones en las empresas para corroborar cualquier denuncia”, advirtió Navia.
Por el momento, en ningún lugar del país fue necesario activar la competencia de oficio del Ministerio de Trabajo pues los empleadores y las empresas tienen hasta fin de mes para proceder con esta obligación.
“Hemos recibido denuncias por el incumplimiento de pago del aguinaldo, pero los empresarios también tienen la posibilidad de presentar sus pruebas de descargo que es la planilla del pago, no podemos activar la denuncia sin tener la prueba” reiteró.
Respecto a los sectores laborales que hayan logrado acuerdos entre partes sobre la modalidad de pago del aguinaldo, es decir, entre empleadores, trabajadoras y trabajadores, la ministra Navia afirmó son recursos válidos siempre y cuando sea de mutuo acuerdo y voluntad propia pero, dijo, estos acuerdos no son homologados por esta Cartera de Estado.
“El 22 empezaron a presentar planillas, el Ministerio no tiene por qué interrumpir las negociaciones internas, es un derecho que tienen los empresarios y es una potestad de los trabajadores de aceptar o no. Dejamos a la decisión de las trabajadoras y los trabajadores y sus representes sindicales de aceptar o rechazar”, aclaró la autoridad.